Los animales se considerarán “seres sintientes”

Hasta hace no mucho, los animales de compañía eran considerados a nivel legal cosas,
concretamente como “bienes muebles semovientes” (artículo 333 del Código Civil). Lo que no les quitaba la categoría de ser vivo sin contemplar el vínculo afectivo que e establece con ellos. Esto cambia a partir de diciembre de 2021 para considerarlos “seres sintientes”. Esta categoría ya estaba siendo usada en Europa desde 2009.

Tratamiento de los animales en Europa

Desde el punto de vista legal, en Europa se les consideraba “seres sintientes” desde 2009 y dentro del artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Lo que teóricamente obligaba a los distintos países miembros a tratarlos como tal. Algo que Francia y Portugal hacen desde 2015 y 2017 respectivamente. (Para más información leer el artículo Los animales son considerados “bienes muebles semovientes” en la legislación española, ¿lo sabías?)

Anteproyectos de ley

Hasta noviembre de 2020 no se publicó la Consulta Pública previa acerca del Anteproyecto de Ley de Bienestar Animal. En dicha consulta se hizo referencia al artículo 13 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea, donde se especifica que los animales son “seres sintientes”.

Artículo 13.

Al formular y aplicar las políticas de la Unión en materia de agricultura, pesca, transporte, mercado interior, investigación y desarrollo tecnológico y espacio, la Unión y los Estados miembros tendrán plenamente en cuenta las exigencias en materia de bienestar de los animales como seres sensibles, respetando al mismo tiempo las disposiciones legales o administrativas y las costumbres de los Estados miembros relativas, en particular, a ritos religiosos, tradiciones culturales y patrimonio regional. 

Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (2013).

Si bien es cierto que en comunidades como La Rioja y Canarias tienen leyes propias desde 2018 donde adjudican la categoría de “seres sintientes” a los animales. Aunque se intentó un anteproyecto de ley en 2017, las múltiples elecciones desde entonces supusieron una demora en esta ley de varios años.

¿Qué ampara la nueva ley?

La regulación jurídica de animales de compañía en casos de divorcio, se declara a estos como «inembargables». Esta medida no afecta solo a los animales de compañía sino también a los animales destinados “a la explotación ganadera, industrial o de recreo”. Además no podrán ser ni abandonados, ni maltratados y en caso de divorcio o separación de sus dueños se tendrá que considerar su bienestar por encima de los intereses de sus dueños.

¿Qué supone esta norma?

Considerar a los animales “seres sintientes” hace que se modifique el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil y afecta a todos los animales, no solo a los
domésticos. Todos los animales han de ser tratados teniendo en cuenta su bienestar y protección.
Este cambio en la norma supone un apoyo básico de forma legal ya que aunque el considerar a los animales seres sintientes ya estaba contemplado en el derecho comunitario y en el Código Penal desde 2003. El no tener ese reconocimiento en el Código Civil complicaba las labores legales de algunos casos al no tener soporte legal en esta norma básica.
Por supuesto, esta ley no contempla todo y tiene lugar a mejora. Pero el hecho de considerar a los animales “seres sintientes” en un gran paso en materia de derechos animales.

Referencias

Los animales son considerados “bienes muebles semovientes” en la legislación española, ¿lo sabías?

Tratado de funcionamiento de la Unión Europea 

Artículo 333 del Código Civil – Conceptos Jurídicos (conceptosjuridicos.com)

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